“... Al hacer el análisis del memorial de interposición del recurso de casación por parte de la entidad (...) Sociedad Anónima, se establece que la tesis que formula en relación a este submotivo resulta incompleta, toda vez que únicamente señala que la Sala incurre en interpretación errónea del artículo 16 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, vigente al momento de formularse los ajustes y cita abundante jurisprudencia sobre casos similares, pero en ningún apartado de su escrito argumenta en qué forma, según su criterio, la Sala incurrió en la interpretación errónea que denuncia, tampoco da a conocer cuál es la forma en que debe de hacerse la interpretación de la norma, sino que solamente manifiesta su inconformidad con la forma en que resolvió el Tribunal al momento de denegar la procedencia de devolución de crédito fiscal, lo cual, no constituye una tesis que haga viable la confrontación de la norma con lo resuelto por la Sala impugnada, para así establecer si se incurrió o no en la infracción denunciada. Por las razones antes indicadas, a esta Cámara le resulta imposible entrar al conocimiento del fondo del submotivo estudiado, por lo que el mismo deviene improcedente y en consecuencia el recurso promovido debe desestimarse...”